
El Departamento de Bromatología de la Municipalidad transcribe el comunicado realizado por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y tecnología Médica), donde se informa la prohibición de comercialización del siguiente producto:
“Aceite de oliva, marca “Monte Olivo”, Salud & Buen Gusto, Origen: San Rafael, Mendoza, RNE 3314257, RPNA 13624389, Primera Prensada en frío Extra Virgen”.
Todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE Nº 3314257 y RNPA N° 13624389.
MOTIVO:
El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.
Ante cualquier duda o consulta comunicarse con el departamento de Bromatología, Arroyo 1290 o al teléfono 45-4543.


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