Propuesta de Carbap para actualizar el Inmobiliario Rural de Buenos Aires

Compartimos la propuesta de actualización impositiva de La Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap):

PROPUESTA DE MODIFICACIONES AL PROYECTO DE LEY FISCAL 2020

Eliminar las escalas y colocar un tope uniforme del 40%. En caso de no resultar posible la modificación propuesta sería la que manifestamos a continuación.

TÍTULO PRIMERO IMPUESTO INMOBILIARIO

Modificación artículo 10 TIERRA RURAL

apartado b) se modifica porcentaje de 35% a 20%.

apartado c) modifica del 55% al 40%.

apartado d) modifica del 55% al 40%.

apartado e) modifica del 75% al 55%.

Mismo artículo EDIFICIOS Y MEJORAS EN ZONA RURAL

apartado a) modifica del 15% al 10%.

apartado b) modifica del 30% al 20%.

apartado c) modifica del 40% al 30%.

apartado d) modifica del 50% al 40%.

REVALUACIÓN DE PARTIDAS

El artículo 4 de la ley prevé un incremento en las valuaciones del 20% en las mejoras rurales y un 30% sobre la tierra libre de mejoras. Se propone la eliminación del artículo o la utilización de coeficiente 1 eliminando los coeficientes 1.2 y 1.3 respectivamente.

CAPÍTULO INGRESOS BRUTOS

Artículo 30
Se modifica monto de $7.200.000 a $10.420.000. Esta modificación se solicita ya que la microempresa agropecuaria considerada por la SEPYME el valor de facturación anual es de $10.420.000.-
Artículos 102 y 103
Modificar $7.440.000 por $10.420.000.-
Por las mismas razones que la modificación del Artículo 30.

IMPUESTO INMOBILIARIO COMPLEMENTARIO

Eliminar las escalas y que el aumento sea igual para todos de un 30%, ya que este tributo castiga mas a los productores chicos ya que suelen pagar mas de impuesto complementario que de impuesto inmobiliario rural.

ACTIVIDAD TAMBERA

Para el caso de los tambos se modificaría la excepción a partir de $150.000.000 de facturación anual.
Artículo 101
Se anula la parte que reza “realice por sí la explotación”.
De esta manera el beneficio alcanza tanto al tambero como al propietario del campo.

COMPLEJO HINOJO LAS TUNAS

Se debería incluir un artículo para declarar que la totalidad de las partidas que incluyen este complejo sean declaradas exentas del impuesto inmobiliario rural y complementario ya que la totalidad de estas hectáreas se encuentran inundadas y en proceso de expropiación por más de 20 años.

 

N. de la R; fuente INFOCAMPO.

Comentarios

Leave a Reply

su dirección de correo electrónico no será publicada.


*