Lo que hay que saber para solicitar la tarifa social en agua, luz y gas

La OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor) de Ayacucho informó que se encuentra vigente la implementación de las Tarifas Social e Institucional, las cuales apuntan a cuidar a los sectores más vulnerables otorgándoles el beneficio de acceder a los servicios domiciliarios con precios acordes a su situación.

En razón de ello, desde el Organismo se siguen realizando trámites de todos aquellos usuarios y/o consumidores que solicitan se les otorgue tal beneficio en los servicios de luz, gas y agua. Para tal fin, los interesados deberán acreditar al momento de realizar dichos trámites (ante las distribuidoras y/o la Oficina Municipal de Información al Consumidor) la siguiente documentación a saber:

CAMUZZI GAS PAMPEANA s.a.- EDEA s.a.

Podrán solicitar Tarifa de interés Social aquellas personas que:

  • Sea jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia, que perciba una remuneración mensual bruta menor o igual a DOS (2) salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Sea trabajador monotributista inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Sea beneficiario de una pensión no contributiva y perciba ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y móvil
  • Sea titular de programa sociales.
  • Este inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
  • Este incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (Ley 26.844)
  • Este percibiendo seguro de desempleo
  • Sean titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridades competente.
  • Sea” Electro-dependiente”, es decir, que el titular del servicio o uno de sus convivientes tenga una enfermedad cuyo tratamiento implique electro-dependencia. Documentación de respaldo. (Fotocopia)-Ultima Factura del servicio. DNI titular. DNI. grupo familiar. Cuit. Recibo de haberes. Deberán solicitar en Anses Certificado de Negativa y Rub, aquellas personas que no cuenten con recibo de haberes.

Quedaran excluidos del beneficio de Tarifa Social a aquellas personas que:

  • Sean propietarias de más de un inmueble.
  • Posean un vehículo de hasta 10 años de antigüedad (excepto quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia).
  • Tengan aeronaves o embarcaciones de lujo.

AGUAS BONAERENSES (ABSA)

Requisitos que se deben cumplir para solicitarla son:

  • Ser poseedor, inquilino, tenedor o usufructuario de vivienda única.
  • El ingreso del grupo familiar no debe superar el monto equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
  • Su consumo eléctrico no debe ser superior 300 KW/H bimestrales.
  • No debe percibir otros descuentos por ABSA.

Documentación a presentar:

  • DNI del titular del servicio
  • DNI de los integrantes del grupo familiar
  • Documentación que acredite la titularidad de uso del inmueble. Para el caso de NO ser titulares, documentación que acredite el vínculo con la propiedad (acta de nacimiento, certificado/libreta matrimonio). Para inquilinos contrato de colocación vigente.
  • Copia del recibo de haberes del grupo familiar o quienes cuenten con la posibilidad de acreditarlo.
  • Certificado de negativa de Anses/IPS del grupo familiar si es que no posee un ingreso de por vía formal.
  • En caso de extranjero, certificado de negativa que acredite que no posee un beneficio en el exterior. De contar con el mismo, presentar copia del beneficio.
  • Copia de ultimas facturas de energía eléctrica, gas y de ABSA
  • Ante el caso que declaren discapacidad, presentar certificado oficiales vigente.
  • La misma aplicara para jubilados y pensionados.

Aquellos casos que no cumplan con alguna condición de las mencionadas serán aceptados en la sucursal, y será evaluada su aprobación de forma extraordinaria.-

TARIFA DE INTERES SOCIAL INSTITUCIONAL para los suministros de AGUA y  de GAS distribuidos por redes, podrán ser solicitadas por las siguientes instituciones:

  • Centro asistenciales públicos
  • Entidades educativas públicas de cualquier nivel
  • Entidades religiosas que acrediten tal condición
  • Asociaciones civiles sin fines de lucro(ej. Clubes de barrios), asociaciones sindicales, gremiales o mutuales que realicen en el domicilio de consumo actividades de índole social (instituto, comedores comunitarios, centro de recuperación, etc.), entidades públicas nacionales provinciales o municipales en tanto no desempeñen actividades comerciales y/o industriales.

Documentación de respaldo: Acta constitutiva. Registro avalado por el Ministerio u Organismo correspondiente. Inscripción en la Inspección General de Justicia. Registro de culto. Y toda aquella documental que acredite la condición de la institución.

Información a tener en cuenta:

¿Debo ser titular del servicio para acceder a la Tarifa Social?

Para acceder a Tarifa Social, el servicio de gas natural y electricidad debe estar inscripto en la distribuidora a nombre de la persona que desea solicitar el beneficio de la Tarifa Social (es decir, la factura debe indicar su nombre). En caso de no estar el servicio a su nombre de la persona que desea solicitar la Tarifa Social, en primer lugar debe realizar el cambio de titularidad ante la distribuidora correspondiente.

¿Desde cuándo aplicará la Tarifa Social de gas natural y electricidad una vez otorgada?

La aplicación de la Tarifa Social, en caso de haber sido otorgada al usuario, se hace de forma retroactiva, según los siguientes criterios:

ELECTRICIDAD

  • Si la solicitud de la Tarifa Social se realizó posteriormente al 1° de Junio de 2016, su aplicación será retroactiva desde la fecha de inicio de su trámite.
  • Si la solicitud de la Tarifa Social se realizó antes de 1° Junio de 2016 (4 primeros meses de vigencia de la Resolución 6/2016), su aplicación será retroactiva desde el 1° de Febrero de 2016.

GAS NATURAL

  • Si la solicitud de la Tarifa Social se realizó posteriormente al 1° de Julio de 2016, su aplicación será retroactiva desde la fecha de inicio de su trámite.
  • Si la solicitud de la Tarifa Social se realizó antes de 1° Julio de 2016 (3 primeros meses de vigencia de la Resolución 28/2016) su aplicación será retroactiva desde el 1° de Abril de 2016.

DURACIÓN DEL BENEFICIO

Sin prejuicio de ello la inclusión de un usuario en el régimen de Tarifa Social de luz y gas implicará la continuidad del beneficio por un plazo mínimo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de inclusión.

Respecto a Aguas Bonaerenses S.A, conforme se publicita en página web oficial, el beneficio de la Tarifa Social tiene UN (1) año de vigencia (6 facturas) y, de ser necesario, se deberá renovar la solicitud DOS (2) meses antes de su vencimiento. Si la situación que motivó el pedido se viera modificada, deberá comunicarlo al Ente Regulador.

Para mayor información, dirigirse al 3º piso del Palacio Comunal, Alem 1078 en los horarios de 7 a 13. Teléfonos: 0229645-9037 ó 45-9000 conmutador.