
La Concejal del FpV-PJ-UC Paola Domínguez, hizo público en sus redes sociales una minuta de comunicación presentada al Concejo Deliberante para ser tratada, en donde hace mención a la atención de las Guardias del Hospital Municipal. La misma está fechada este 10 de Abril.
Allí manifiesta que “esta semana se han acercado ciudadanos preocupados y fastidiados por la atención de los médicos de guardia en el Hospital Municipal y teniendo como antecedente que la semana del catorce de enero del dos mil diecinueve, entre otros, se hizo público el malestar de una familia por la atención de su chiquito en la guardia pediátrica” remarca a lo que agrega que “fueron de público conocimiento los casos que por tener una mutual les negaron la atención de la guardia a diferentes niños que asistieron con sus padres al hospital municipal”.
En el texto cita al Artículo 36 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires que expresa que “La Provincia promoverá la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. A tal fin reconoce los siguientes derechos sociales:
8- A la Salud. La Provincia garantiza a todos sus habitantes el acceso a la salud en los aspectos preventivos, asistenciales y terapéuticos; sostiene el hospital público y gratuito en general, con funciones de asistencia sanitaria, investigación y formación; promueve la educación para la salud; la rehabilitación y la reinserción de las personas tóxico-dependientes. El medicamento por su condición de bien social integra el derecho a la salud; la Provincia a los fines de su seguridad, eficacia y disponibilidad asegura, en el ámbito de sus atribuciones, la participación de profesionales competentes en su proceso de producción y comercialización”.
También menciona que “cualquier persona en situación de enfermedad requiere en mayor medida de un estado presente, para la atención de cualquier patología, y que más allá de tener o no obra social, es imperiosa la atención del hospital público municipal, especialmente cuando de niños se trata, y que por lo tanto desde este bloque se han reiterado múltiples minutas, de comunicación y resolución, sobre temas que hacen al mejoramiento continuo del servicio hospitalario, como en general desde HCD, jamás se ha objetado el uso de los dineros públicos en beneficio de la salud y el mejor funcionamiento de nuestro querido hospital” expresó.
La Minuta de Comunicación expresa lo siguiente:
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área de Salud, informe a este cuerpo lo siguiente:
- a) Cual es la política hospitalaria de atención a las personas que no cuentan con ninguna mutual
- b) Cual es la política hospitalaria de atención a las personas que cuentan con alguna cobertura social
- c) Cual es la política hospitalaria de atención a las personas que no cuentan con alguna cobertura social durante las guardias
- d) Cual es la política hospitalaria de atención a las personas que cuentan con alguna cobertura social durante las guardias
- e) Dar a conocer tipo de sanción cuando no se cumplen con dichas políticas obligatorias.


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