Eliminó e integró con el de la Aduana su Registro de Exportadores y/o Importadores de animales, vegetales, material reproductivo y/o propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o vegetal o mercaderías que contengan, entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal.
En un paso más en la simplificación de trámites, la integración de sistemas con otros organismos públicos y la agilización de las gestiones de los usuarios, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) eliminó su Registro de Exportadores y/o Importadores de animales, vegetales, material reproductivo y/o propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o vegetal o mercaderías que contengan, entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal.
La medida, reglada en la Resolución 76/2019 y publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del vicepresidente del Senasa, Guillermo Rossi, abroga su similar Nº 492 del 6 de noviembre de 2001 y entra en vigencia el lunes 4 de febrero.
La medida se enmarca en el Decreto N° 434 del 1° de marzo de 2016, que aprobó el Plan de Modernización del Estado para avanzar hacia una administración sin papeles, integrando la información y los sistemas de los diferentes organismos del Estado nacional.
El trabajo junto con la Secretaría de Simplificación Productiva del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, a cargo de Pedro Inchauspe, permitió integrar el sistema del Senasa con el de la Dirección General de Aduanas que lleva un Registro de Importadores y Exportadores que comprende todas las actividades y productos, tornando innecesaria la duplicidad de inscripciones.
Para el caso en que la normativa sanitaria vigente requiera que el interesado estuviera inscripto en el Registro de Importadores y/o de Exportadores que se elimina, el Senasa obtendrá la información de su inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), sin necesidad de trámite adicional alguno por parte del interesado.
La simplificación de estos trámites contribuye a reducir considerablemente los tiempos de gestión del usuario. Con los sistemas de diferentes organismos públicos interactuando autónomamente, se continúa avanzando hacia una administración pública nacional sin papeles, en línea con las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación establecidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Simplificación del Estado.
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