Bromatología de la Municipalidad informa sobre prohibición de comercializar té

El Departamento de Bromatología de la Municipalidad hizo público el comunicado realizado por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y tecnología Médica), publicado en el Boletín Oficial el 7 de junio de 2022, la siguiente prohibición de comercialización.

PRODUCTO:

“Té Verde Matcha Micronizado, Antioxidante – Reductor – Relajante”, Producto de Misiones, RENSPA N° 12008.0.00040/00.

MOTIVO:

El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios, resultando ser en consecuencia ilegal.

Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.

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